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La ANMAT prohibió la comercialización de un chocolate que pertenece a una reconocida marca: las razones

Lo sucedido es de tal gravedad que la disposición fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La ANMAT prohibió la comercialización de un chocolate que pertenece a una reconocida marca: las razones
miércoles 30 de junio de 2021

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, un chocolate con leche de una reconocida marca. La razón por la cual el organismo decidió prohibir la comercialización de este producto es que se trata de “productos robados”.

La Disposición 4671/2021 determina la prohibición de por parte del organismo estatal de “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Chocolate con leche con maní tostado marca Garoto/ AMENDOIM, RNPA 27-21-121011, Lote 106112941G, vencimiento 02/01/2022, Origen Brasil” y “Chocolate con leche con copos de arroz marca Nestlé – Crunch, RNPA 27-21-114435, Lote 10851294, vencimiento 26/01/2022, Origen Brasil”.

En su considerando, la ANMAT explica que “las actuaciones se iniciaron a raíz de la notificación de una denuncia que realizó la firma Nestlé Argentina S.A. con RNE N° 00-014591″ por el robo de un camión que transportaba los productos importados desde Brasil. Fueron 2432 cajas de la primera variedad y unas 112 de la restante. Agrega que según se detalla en la citada denuncia, “los productos fueron ingresados al país por la Aduana de Paso de los Libres de la provincia de Corrientes y, al momento del hecho se encontraban en tránsito interno con destino el Parque Industrial Garín de la provincia de Buenos Aires”.

Es por ello que en este marco y “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios robados, ya que no es posible asegurar el transporte y almacenamiento en las condiciones exigidas por el Código Alimentario Argentino (CAA), motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad”, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de los chocolates detallados.

Antecedente

Cabe destacar que en una de sus últimas comunicaciones, días atrás la ANMAT prohibió a través de su publicación en el Boletín Oficial la comercialización de una marca de aceite de oliva. En la Disposición 3817/2021 determinó la prohibición de “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de oliva extra virgen, marca Olivares de Mendoza, Fraccionado por Francisco de Lucas, San Martín 1827, San Rafael, Pcia. de Mendoza, R.N.E.: 13003077, R.N.P.A.: 025-13029218”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rotulo un número de RNE perteneciente a otra razón social, y un RNPA perteneciente a otro producto, dado de baja y vencido el 20/08/2008″.

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