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Jueces absolvieron a un salteño acusado de abuso, ya que consideraron que había “falencias” en el relato de la víctima

El acusado era el padrastro de la menor

Jueces absolvieron a un salteño acusado de abuso, ya que consideraron que había “falencias” en el relato de la víctima

SALTA (Redacción Voces Críticas) Un hecho polémico tuvo lugar en la provincia, luego que los jueces absolvieran a un salteño acusado de abuso, ya que “detectaron falencias” en el relato de la víctima.

Se trata de G. R. I., quien fue absuelto por la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, en la causa que se seguía en su contra por el delito de abuso sexual en perjuicio de la hija de su pareja. Al momento del hecho, la menor tenía 12 años.

En la audiencia de debate, la jueza resolvió absolver a este salteño dado a que no logró “despejar la duda que le surgió a partir de las falencias detectadas en el relato de los hechos que dio la víctima a lo largo del proceso”.

Asimismo esta incertidumbre “tampoco fue despejada con la valoración que se hizo de las demás pruebas”. A ello se sumó que al momento de valorar los dichos de la damnificada, advirtió contradicciones en su declaración.

Condena

Sin embargo, los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Eduardo Barrionuevo y Pablo Mariño, hicieron lugar al recurso de casación planteado contra la sentencia que absolvió por el principio de la duda al padrastro de la adolescente.

Los jueces de alzada argumentaron que “la entrevista realizada a niñas y niños que han sido abusados no es una tarea sencilla, puesto que generalmente suelen manifestar dificultades a la hora de relatar su trauma porque lo olvidan o no pueden relatar lo sucedido”.

Sobre este punto remarcaron que esto no es porque estén mintiendo, “sino que debe entenderse como una conducta íntimamente relacionada con el temor, pánico y vergüenza que sienten a la hora de tener que realizar declaraciones testimoniales, en muchos casos, con gente adulta y desconocida, en medio de procedimientos filmados en Cámara Gesell dentro del ámbito judicial”.

Finalmente los magistrados tuvieron en cuenta a la hora de revertir la absolución, que el relato de la víctima permite establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos por los que fue acusado G. R. I., así como también su autoría inequívoca.

Por lo que “todas las falencias que presenta el relato, lograron ser superadas al ser valoradas con la sana crítica racional, dándole credibilidad a la versión ofrecida por la nena respecto a los abusos a los que fue sometida, entendiendo que el testimonio era un elemento contundente y esencial para sustentar la acusación formal”.

De esta manera, los jueces de alzada condenaron al sujeto a la pena de ocho años de prisión efectiva, por considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, y ordenaron su detención que será efectivizada por el Tribunal de Metán.

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