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PASO 2021: ¿Qué pasa si no voy a votar?

Desde la Cámara Nacional Electoral explicaron qué pasará con quienes no cumplan con el deber cívico

PASO 2021: ¿Qué pasa si no voy a votar?
domingo 12 de septiembre de 2021

SALTA (Redacción Voces Críticas) Para estas Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) son más de 34 millones los argentinos habilitados para votar. No obstante, desde hace algunos días, muchos ya vienen manifestando su negativa de no asistir a las urnas para cumplir con su deber cívico. La gran pregunta es, ¿qué pasará con ellos?

En esta línea desde la Cámara Nacional Electoral informaron que se creó el Registro de Infractores para aquellos que se ausenten y no cumplan con la obligatoriedad de las elecciones 2021.

¿De cuánto es la multa por no ir a votar?

Según detalla el Código Nacional Electoral en el artículo 125, el electorado de entre 18 y 70 años que no concurra a votar podrá ser multado por un valor de $50 a $500.

De esta manera, si no se abona esa multa, los ciudadanos figurarán como infractores. Es decir, no podrán hacer trámites durante un año y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años.

Para ello, la Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para justificar, dentro de los 60 días de la respectiva elección, su ausencia en los comicios. En dicho sitio se podrá saldar la deuda y realizar el trámite de justificación.

¿Quiénes están exentos de votar?

-          Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor que les impida concurrir a votar. Esto deberá ser justificado por médicos del servicio de sanidad nacional; en caso contrario por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.

-          Jueces o auxiliares de la justicia que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas durante la jornada electoral.

-          Personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban llevar a cabo tareas que impidan su asistencia. En este caso, el representante legal tendrá que comunicarse con el Ministerio del Interior y Transporte con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

-          Ciudadanos contagiados de coronavirus, contactos estrechos o con síntomas compatibles de dicha enfermedad. La misma excepción se aplicará en los grupos de riesgo, que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de personas.

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