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CONDENA

Abuso sexual en Iglesia: la Justicia de Salta dictaminó esto para el sacerdote Agustín Rosa Torino

Dos delitos pesan sobre su cabeza

Agustín Rosa Torino

SALTA (Redacción Voces Críticas) En las últimas horas, la Justicia de la provincia de Salta tomó una decisión respecto del sacerdote Agustín Rosa Torino, en la causa por abuso sexual. El fallo fue, en esta ocasión, ratificar la condena ya impuesta.

Esto pasó en la Sala III del Tribunal de Impugnación, donde no se hizo lugar a los recursos de casación contra la sentencia que condenó a doce años de prisión efectiva al sacerdote Rubén Agustín Rosa Torino.

Recordemos que se señaló al religioso como autor responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser el autor ministro de culto reconocido cometido y abuso sexual simple calificado por ser el autor ministro de culto reconocido, en concurso real.

Según la causa, el sacerdote condenado se desempeñaba como responsable del instituto religioso denominado de los Hermanos Discípulos de Jesús de San Juan Bautista. Los abusos se concretaron en ese instituto del cual era fundador.

En ese entonces, para imponer la condena, el tribunal juzgador consideró probados el perjuicio físico, psíquico, moral y espiritual que los hechos causaron por tratarse del fundador y superior del instituto religioso destinado a formar a las personas en temas atinentes a la fe católica.

Detalles

Los jueces Pablo Mariño y Rubén Eduardo Arias Nallar consignaron que en uno de los abusos el condenado actuó sobre el cuerpo de la víctima “sin su consentimiento y en un escenario en el cual ocupaba una ventaja emocional y psicológica sobre ella (al igual que respecto a los denunciantes varones), dada y sostenida por su condición de ser ministro del culto dentro del cual la mencionada también era religiosa.”

Finalmente, se supo que indicaron que ninguna de las impugnaciones contenidas en los recursos -señalaron los jueces- “se sustenta en elementos objetivos que autoricen la modificación de lo razonablemente resuelto. En razón de lo expuesto, corresponde desestimar el recuso de casación deducido por la representante del Ministerio Público Fiscal y por defensa técnica de Agustín Rosa Torino.”

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