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NUEVOS APLICATIVOS

La AFIP lanzó los nuevos aplicativos de ganancias y bienes personales para que puedan ser ajustados

Se trata de nuevos servicios web de ganancias y bienes personales

La AFIP lanzó los nuevos aplicativos de ganancias y bienes personales para que puedan ser ajustados
Por Redacción Voces Críticas
viernes 17 de marzo de 2023

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) le ofrece a sus contribuyentes los servicios web de “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” y “Bienes Personales web”.

Estas nuevas herramientas pueden ser utilizadas para la confección de la liquidación anual de ambos impuestos correspondientes al periodo fiscal 2022, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada determinativa y el pago será entre el 12 y el 14 de junio de 2023.

Entre las novedades principales se destaca la búsqueda predictiva de rubros para encontrar de forma más rápida el campo en el cual se debe suministrar la información; la carga automática de los pagos a cuenta correspondientes al impuesto a los débitos y créditos; y un rubro específico destinado a la declaración de las monedas virtuales, monedas digitales, criptoactivos, entre otras.

Además, se sumó el campo “Gastos de educación”, donde se podrá aplicar la deducción en concepto de gastos por servicios y herramientas con fines educativos. Por su lado, los empleadores de casas particulares tendrán la chance de deducir el importe abonado en concepto de asignación no remunerativa.

Declaración jurada de Ganancias

Deben realizarla todos los inscriptos sin importar que no se determine materia imponible sujeta al impuesto por el período fiscal, y por aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, sin importar que no hayan solicitado el alta con anterioridad al vencimiento que se fijó para cumplir con la obligación de determinación e ingreso.

Esta obligación también rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.

Bienes Personales

Están obligadas todas las personas humanas residentes y las sucesiones indivisas radicadas en el país y en el exterior, por bienes situados tanto en Argentina como en el exterior.

Por su lado, las sucesiones indivisas tributarán por los bienes que posean al 31 de diciembre de cada año, siempre y cuando esa fecha esté comprendida en el lapso transcurrido entre el fallecimiento del ciudadano por el que se da comienzo a la sucesión indivisa y la declaratoria de herederos o aquella en que se haya declarado válido el testamento que cumpla la misma finalidad.

El organismo a cargo de Carlos Castagneto, puso a disposición de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPE) ambos aplicativos para que puedan ser testeados, se realicen aportes o se reporten eventuales inconvenientes, por primera vez en la historia.

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