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PAGO ÚNICO

ANSES: las parejas que hayan presentado estos papeles pueden cobrar $40.000, mirá de qué se trata

El organismo previsional entrega $20.000 a cada cónyuge
ANSES: las parejas que hayan presentado estos papeles pueden cobrar $40.000, mirá de qué se trata
ANSES: las parejas que hayan presentado estos papeles pueden cobrar $40.000, mirá de qué se trata
Por Redacción Voces Críticas
domingo 28 de mayo de 2023

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) entrega una asistencia económica de $40.000 a parejas que hayan contraído matrimonio y cobren una asignación.

Actualmente, ANSES entrega los montos correspondientes a las Asignaciones de Pago Único a quienes recientemente adoptaron, tuvieron un hijo o contrajeron matrimonio.

Es importante aclarar que el monto que cobra cada beneficiario varía de acuerdo a su situación:

- Asignación por Matrimonio: $20.011 para cada contribuyente. Siempre y cuando el ingreso del grupo familiar sea igual o inferior a los $316.731.
- Asignación por Nacimiento: paga $13.363 a quienes tengan ingresos familiares iguales o inferiores a $316.731.
- Asignación por Adopción: paga $79.918 a beneficiarios con ingresos iguales o superiores a $316.731.

Quienes pueden solicitar la Asignación de Pago Único por Matrimonio en ANSES son:

- Trabajadores en relación de dependencia.
- Trabajadores de temporada.
- Trabajadores rurales.
- Beneficiarios de la prestación de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo.
- Beneficiarios del Fondo de Desempleo.
- Beneficiarios de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Es importante aclarar que ANSES realiza el pago correspondiente a estas prestaciones una vez que transcurran 60 días desde el momento en que se entrega toda la documentación solicitada.

En ese sentido, los documentos que solicita ANSES a quienes deseen cobrar la Asignación de Pago Único por Matrimonio, son:

- Certificado de Matrimonio.
- DNI de ambos cónyuges.
- En caso de que se trate de un segundo matrimonio o posterior, es necesario presentar la sentencia de divorcio o adjuntar el acta de defunción del cónyuge anterior.