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Atención monotributistas: ya hay que recategorizarse, estos son los nuevos montos de las categorías

El trámite se puede realizar hasta el próximo 20 de julio

Atención monotributistas: ya hay que recategorizarse, estos son los nuevos montos de las categorías

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El sábado 1° de julio se activó el trámite para que los monotributistas adheridos al Régimen Simplificado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comiencen a revisar sus ingresos para luego tramitar la recategorización, siempre y cuando sea necesario.

El trámite de recategorización deben realizarlo todos aquellos monotributistas que superen o se encuentren por debajo de los topes establecidos por el organismo recaudador para cada una de las categorías, algo que impacta directamente en el monto de la cuota a pagar.

Además, el pasado sábado 1° de julio entraron en vigencia los nuevos topes de ingresos brutos para todas las categorías del Régimen del Monotributo Simplificado:

- Categoría A: $ 1.414.762,58
- Categoría B: $ 2.103.025,45
- Categoría C: $ 2.944.235,60
- Categoría D: $ 3.656.604,33
- Categoría E: $ 4.305.799,15
- Categoría F: $ 5.382.248,94
- Categoría G: $ 6.458.698,71
- Categoría H: $ 7.996.484,12
- Categoría I: $ 8.949.911,06
- Categoría J: $ 10.257.028,68
- Categoría K: $ 11.379.612,01

En base a estos valores los monotributistas deberán determinar si les corresponde o no tramitar la recategorización, ya sea para subir o para bajar de categoría.

Para saber si un monotributista debe o no recategorizarse, AFIP informó que se deben tener en cuenta tres parámetros distintos sobre los últimos 12 meses, en este caso, de julio 2022 a junio 2023:

- Ingresos brutos acumulados.
- Energía eléctrica consumida.
- Alquileres devengados y/o superficie afectada a la actividad.

Una vez que se calculan estos valores, los mismos deben ser comparados con la tabla de categorías vigentes, que no solo considera los ingresos brutos, sino también puntos como:

- Actividad.
- Cantidad de empleados.
- Superficie afectada por la actividad.
- Energía eléctrica consumida.
- Alquileres.
- Aportes, etc.

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