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Bono para empleadas domésticas: quiénes pueden solicitar el reintegro de los $25.000 y cómo se gestiona

Los empleadores que cumplan con ciertos requisitos podrán acceder a un reembolso del 50%

Bono para empleadas domésticas: quiénes pueden solicitar el reintegro de los $25.000 y cómo se gestiona
viernes 08 de septiembre de 2023

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El último fin de semana de agosto el Gobierno Nacional anunció la entrega de un bono para empleadas domésticas a pagarse en dos cuotas durante septiembre y octubre.

El bono para empleadas domésticas consta de la entrega de una suma máxima de $25.000 a pagarse en dos cuotas de $12.500, aunque el monto será proporcional a la cantidad de horas trabajadas por día.

Si bien el monto del bono para empleadas domésticas debe ser pagado de forma obligatoria por el empleador, el Gobierno Nacional confirmó que algunos de ellos podrán acceder a un reembolso parcial.

Los empleadores que cumplan con esta serie de requisitos podrán acceder a un reintegro del 50% sobre la suma del bono liquidado a sus empleadas domésticas:

- Los ingresos netos correspondientes al mes de agosto del 2023 deben ser inferiores a $1.500.000.

- La relación laboral debe haber estado activa en agosto y septiembre. En caso de que la misma solo haya estado activa en uno de esos periodos, se reintegrará la suma correspondiente a una cuota.

- El pago del bono para empleadas domésticas debe estar registrado antes de iniciar la solicitud.

- No haber pagado Impuesto de Bienes Personales en 2022.

- No estar en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.

Además, al momento de solicitar el reintegro deben tener reglamentada la siguiente documentación:

- Declaración jurada de la suma abonada en concepto de asignación no remunerativa y fecha de pago.

- Recibo de pago del bono firmado por el empleador.

- Datos de una cuenta bancaria con CBU a nombre del empleador.

- Declaración jurada y fuente de los ingresos netos percibidos en agosto del 2023.

- Lugar de residencia del empleador.

Se debe tener en cuenta que la solicitud del reembolso correspondiente a la primer cuota debe realizarse entre el 22 y el 29 de septiembre, mientras que la devolución correspondiente a la segunda cuota deberá gestionarse entre el 2 y el 8 de octubre.

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