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Corrupción en Salta

Negaron la prisión preventiva a favor de Alfredo Daniel Soto, ex intendente de Iruya

Soto fue condenado el año pasado a cuatro años de prisión efectiva y a inhabilitación absoluta perpetua por dos hechos de corrupción
Negaron la prisión preventiva a favor de Alfredo Daniel Soto, ex intendente de Iruya
Negaron la prisión preventiva a favor de Alfredo Daniel Soto, ex intendente de Iruya
Por Redacción Voces Críticas
jueves 25 de julio de 2024

SALTA (Redacción Voces Críticas) En un reciente fallo, los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio denegaron el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa de Alfredo Daniel Soto, exintendente de Iruya.

Soto, quien fue condenado el año pasado a cuatro años de prisión efectiva y a inhabilitación absoluta perpetua, había solicitado este beneficio alegando problemas de salud mental y la necesidad de asistir a su esposa y nieto.

El exfuncionario fue declarado culpable de dos hechos de peculado, en concurso real, en perjuicio de la Municipalidad de Iruya. A pesar de los argumentos presentados por la defensa, el tribunal consideró que las circunstancias no justificaban la concesión de la prisión domiciliaria.

En una revisión médica ordenada por el tribunal, se concluyó que la salud de Alfredo Daniel Soto no se encuentra en riesgo grave y que puede recibir el tratamiento necesario dentro de la Unidad Carcelaria 1. Esta evaluación fue un factor clave para el rechazo del pedido de arresto domiciliario.

Además de denegar la prisión domiciliaria, el tribunal también rechazó el pedido de cese de la prisión preventiva y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 574 del Código Procesal Penal, planteadas por la defensa. Los jueces reafirmaron que la prisión preventiva es una medida respaldada constitucionalmente para asegurar la ejecución de la eventual condena y garantizar que el acusado no eluda la acción de la justicia.

Este fallo resalta la firme postura del tribunal en asegurar que la justicia prevalezca y que los condenados cumplan con sus penas de manera adecuada, incluso en casos donde se alegan razones de salud o circunstancias familiares. Informa Voces Críticas.