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SALTA/ENTREVISTA EXCLUSIVA

Santos Jacintos Dávalos: "Hay una subordinación del Poder Legislativo que permite que el Gobernador sea realmente un monarca"

En diálogo con Voces Críticas, el presidente del FOCIS, criticó el decreto 255 bajado por el Ejecutivo Provincial, reprochó el accionar de los legisladores y advirtió una dañina obsecuencia por parte de la Justicia salteña

Santos Jacintos Dávalos
domingo 05 de julio de 2020

SALTA.- ( Redacción) Voces Críticas dialogó en exclusiva con el presidente del FOCIS, Santos Jacinto Dávalos. Criticó al decreto 255 bajado por el Ejecutivo Provincial, reprochó el accionar de los legisladores y advirtió una dañina obsecuencia por parte de la Justicia salteña.

V. C.: Doctor Dávalos, desde el Foro de la Observación de la Calidad Institucional de Salta, ¿Generaron alguna reflexión respecto al decreto 255 en donde se les da facultades extraordinarias a la Policía de la Provincia?

S. J. D.: Sí, así es. El Decreto de Necesidad y Urgencia es ahora ley por la inacción de la Legislatura que no lo ha tratado, ni la Cámara de Senadores, ni la Cámara de Diputados Los Decretos de Necesidad y Urgencia tienen ciertos requisitos constitucionales como por ejemplo que no estén funcionando las Cámaras. La Cámara tiene la obligación de tratarlo pero si en tres meses no lo trata se convierte en ley. No sólo no han tratado este Decreto de Necesidad y Urgencia sino ninguno  de los precedentes y el Gobernador, que no puede dictar leyes, dicta leyes excepcionales  y esto se vuelve normal;   esto es porque de alguna manera la Legislatura, al no tratarlo, está cediendo facultades que son propias de ella.

En segundo lugar el contenido del Decreto de Necesidad y Urgencia se le atribuye al jefe de policía por la función de juez. La Constitución de la Provincia de Salta establece al Juez de Faltas para juzgar a las contravenciones provinciales, pero no se lo ha designado con anterioridad. Ahora que la Constitución establece qué  tiene que tener un Juez de Faltas ante un juez, hay que poder ejercer el derecho de defensa, hay que conocer la imputación que se le fórmula a cada uno y sobre todo tiene que tener la posibilidad de apelación. Nosotros creemos que hay un tremendo error y un incumplimiento de las normas institucionales al permitir que el jefe de policía sea el que apliqué las sanciones,  además hay una intromisión en el derecho penal cuando se permite arrestos de muchos días porque la Provincia ha cedido a la Nación la facultad de dictar normas penales y las provincias no las tienen. Otro error que han cometido es cuando le permiten al COE formular contravenciones, esa es una facultad que la tiene exclusivamente la Legislatura y excepcionalmente la podría tener el Gobernador a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia; pero jamás puede el Gobernador delegar en el COE la facultad de crear contravenciones, fundamentalmente porque la Constitución de la Provincia de Salta prohíbe delegar funciones de un poder a otro.   Esas son las reflexiones que puedo hacer sobre ese DNU.

V. C.: Santos Jacinto Dávalos, ¿Por qué esto no llega a tratarse en la Legislatura?

S. J. D.: Hay una subordinación del Poder legislativo que permite que el Gobernador sea realmente un monarca.  Un Gobernador de Salta puede estar por 12 años; Juan Carlos Romero, al igual que Juan Manuel Urtubey, no perdieron en sus tres elecciones y si Sáenz quiere quedarse 12 años puede hacerlo porque el Gobernador de Salta es muy poderoso y más que un Gobernador es un monarca. La Corte de Justicia dura 6 años en sus funciones y como no pueden ejercer otra función necesariamente dependen del Gobernador para que los vuelva a nombrar, porque si no los nombra tienen que volver a ejercer su profesión de abogados, empezar por el principio, empezar a buscar clientes. Pueden pasar entre tres y cuatro años sin recursos, entonces la Corte hace buena letra. Romero y Urtubey designaron dos veces a la Corte de Justicia, durante sus doce años; Sáenz ha comenzado ampliando la Corte de Justicia, nombrando tres de sus miembros, y si se queda 12 años los va a nombrar a todos de nuevo.

Por todo esto la independencia del Poder Judicial se ve disminuida y lo mismo pasa con el Poder Legislativo porque un Gobernador se puede quedar 12 años y un legislador, que tiene que renovar sus mandatos cada 4 años, también hace buena letra porque si el legislador actúa con independencia, el gobernador se enoja y le busca un contrincante que le da todos los medios y lo más probable es que el legislador, que quiere actuar con independencia, pierda. Entonces todos tratan de hacer buena letra y los Decretos de Necesidad y Urgencia ni los tratan. Hay una declinación de la función del Poder Legislativo que es asombrosa.

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