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Volvieron los viajes en avión y colectivo en Salta: quiénes pueden viajar y cuáles son los requisitos

Así lo aprobó el COE y las autoridades gubernamentales

Volvieron los viajes en avión y colectivo en Salta: quiénes pueden viajar y cuáles son los requisitos
viernes 16 de octubre de 2020

SALTA (Redacción Voces Críticas) Hace un par de días atrás y luego de tantas idas y vueltas, finalmente de manera oficial el Ministro de Transporte de Nación, Mario Meoni, anunció la vuelta de los viajes tanto terrestres como aéreos. Ahora las autoridades sanitarias de Salta indicaron bajo qué protocolos se va a llevar adelante los traslados.

En ese sentido, el ministro de Turismo y Deportes de la provincia, Mario Peña, adelantó los siguientes puntos sobre los protocolos de seguridad e higiene que los salteños de ahora en más deberán tener en cuenta a la hora de viajar, tanto vía terrestre como aérea.

Con respecto a aquellas personas que podrán viajar y desplazarse de manera interurbana y también hacia las provincias de Santiago del Estero y Tucumán, son aquellos trabajadores considerados como esenciales y personas con permisos especiales ya sea por cuestiones de salud o humanitarias similares. 

Peña por su parte añadió que para poder llevar adelante los viajes en cuestión se deberá presentar una declaración jurada a través de internet adjuntando los datos personales, destino final y si la persona tiene algún síntoma compatible con el coronavirus o si mantuvo contacto estrecho con un paciente contagiado en los últimos días.

Los salteños que deban viajar a departamentos en Zona 2, donde no existe la circulación comunitaria del coronavirus, como Iruya, La Candelaria, Molinos, San Carlos y Santa Victoria, deberán presentar lo siguiente:

Los salteños que deban viajar a departamentos en Zona 3 y Zona 4 donde ya existe la circulación comunitaria del coronavirus, deberán presentar lo siguiente:

No se exige PCR ni periodo de aislamiento.

Al ingreso y egreso deberán presentar al control policial y sanitario de cada jurisdicción la siguiente documentación:

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