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ATENCIÓN SALTEÑOS: permitirán en la provincia las reuniones familiares de más de 10 personas

Te contamos los pormenores de la medida
reuniones familiares salta
reuniones familiares salta
Por Redacción Voces Críticas
lunes 30 de noviembre de 2020

SALTA (Redacción Voces Críticas) La provincia de Salta se adherirá a la disposición por decreto del Gobierno Nacional de ampliar la cantidad de participantes de reuniones familiares en todo el territorio. Y es que, en el marco de dictaminar el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el 20 de diciembre, se agregó que se permitirán las reuniones familiares con un máximo de 20 personas.  En este sentido, el secretario General de la Gobernación, Matías Posadas, confirmó que Salta va a adherir al decreto en cuestión. 

Cabe recordar que mediante el Decreto 956/2020, el gobierno oficializó la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), en casi todo el país, excepto en tres ciudades. La nueva etapa sanitaria rige hasta el próximo 20 de diciembre en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de Bariloche y Dina Huapi, en Río Negro, y Puerto Deseado, en Santa Cruz, que continuarán en Aislamiento.

La norma establece que las autoridades de cada jurisdicción argentina podrá "dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus". Además, se recordó que durante este periodo "las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos" vigentes.

Mientras tanto, el decreto indica que " las actividades deportivas se podrán hacer "siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas cuando se realicen en lugares cerrados", mientras que permanecen prohibidos "los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20" participantes en espacios cerrados y "en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente". Tampoco se podrán realizar "eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas".