Media Sanción
Ley Bases: estas son las significativas modificaciones sufrirá el monotributo
ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Durante una exhaustiva jornada histórica y sin chances a un cuarto intermedio ni pausas de ninguna índole, los diputados debatieron fervientemente algunos de los polémicos articulados que se presentó por parte del Gobierno Nacional. Uno de ellos fueron las modificaciones que se proponían en cuanto al Monotributo con variaciones en sus categorías.
De esta manera, los parlamentarios reunidos en el Congreso de la Nación determinaron que, a partir del 1 de enero de 2024, se agregarán tres nuevas categorías a la escala de facturación como así también se intentará suprimir el monotributo social. Según las declaraciones del presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Luís Espert, se le agregó “un punto y seguido. Este artículo comenzará a regir a los 90 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial”.
No obstante, en cuanto aquellos que se ubican en el primer escalón de las categorías, habrá un considerable incremento en el valor de los aportes en el impuesto integrado, en los aportes realizados al sistema de jubilaciones (SIPA $9.800) y en la obra social ($13.800). En Contadores en red, se calculó un aumento que va del $12.128,39 a $26.600 mensuales y de $2.108.288,01 a $6.450.000 de facturación anual, representando un alza de 206%.
Por su parte, para aquellos que se encuentren en el rango del monotributo social deberán esperar a que el oficialismo y la oposición establezcan acuerdos para llegar a una alternativa viable y así integrarlos a un régimen simplificado. Por el momento, todavía no se tienen noticias acerca de la situación a la que quedarán si se obtiene la otra media sanción en el Senado.
Cabe destacar que, en todas las categorías de facturación, los montos se actualizarían de acuerdo con la inflación. Además, aquellos que estén excluidos del monotributo por alguna razón “podrán volver a ingresar”. Es decir, el artículo 104 asegura que sólo podrán volver a ser parte de este sistema aquellos "excluidos de pleno derecho, es decir, aquellos que se hayan excluido voluntariamente o de oficio por parte de AFIP". Informa Voces Críticas.