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Bono para desempleados de ANSES: extensión del beneficio, requisitos y manera de acceder a la bonificación

La entidad confirmó que a los beneficiarios se les extenderá el pago hasta mayo.

Bono para desempleados de ANSES: extensión del beneficio, requisitos y manera de acceder a la bonificación

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Días atrás, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que abonará la Prestación por Desempleo, a aquellos beneficiarios que cobran desde el año pasado, hasta el 31 de mayo. De esta manera, continuará este bono por desempleo para trabajadores despedidos y les permitirá mantener su obra social, como así también las asignaciones familiares. 


En este sentido, el organismo previsional requiere ciertas condiciones para que los beneficiarios cobren la bonificación. En primer lugar, la entidad aclara que el beneficio está destinado a trabajadores que se desempeñaron bajo relación de dependencia y fueron despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas. Para ello, el actual desempleado debe estar comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013. 


Para solicitar el pago de ANSES, la persona interesada deberá presentar el DNI y la documentación que compruebe el desempleo. En este último caso, se trata de un telegrama de despido, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, copia del contrato de trabajo vencido, entre otras situaciones por las que esa persona se quedó sin su lugar de trabajo en la empresa en la que habitualmente lo hacía. 


Montos


En cuanto a los montos que abona la entidad estatal mediante este bono para desempleados, varían entre $6.000 y $10.000. El pago se concretará luego de que, reunida toda la información, se presente la misma en alguna dependencia de la entidad en un plazo máximo de 90 días hábiles desde la fecha de la finalización de la relación laboral. Luego de ese plazo, por cada día hábil transcurrido, se descontará un día de prestación. 


Cabe destacar que la ANSES ya estableció el calendario de pago de esta asistencia para marzo. En este sentido, la institución precisó que el pago comenzará el martes 23 de marzo a los DNI terminados en 0 y 1. Luego del feriado del 24, la acreditación se reanudará el 25 de marzo cuando se les pague a los DNI terminado en 2 y 3; mientras que los DNI finalizados en 4 y 5 cobrarán el 26 de marzo; los 6 y 7 lo harán el 29 de marzo; y los 8 y 9 el 30 de marzo. 

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