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Es oficial: el Impuesto a las Ganancias de AFIP no alcanzará a estas operaciones

La normativa quedó establecida en el Boletín Oficial.

Es oficial: el Impuesto a las Ganancias de AFIP no alcanzará a  estas operaciones

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo diferentes modificaciones en el pago de algunas contribuciones para beneficiar a los contribuyentes. En este contexto, la entidad ahora sumará la aplicación de un nuevo beneficio. 

Sucede que, a través del ente recaudador, se excluirá a los intereses de los plazos fijos en UVA, las obligaciones negociables (ON), los fondos comunes de inversión (FCI), los fideicomisos financieros y otros instrumentos financieros en pesos destinados a fomentar la inversión productiva de los impuestos a las ganancias y sobre los Bienes Personales. 

La medida que hará efectiva la AFIP quedó formalizada a través de la Ley 27.638 aprobada a mediados de julio último en el Congreso, con su publicación en el Boletín Oficial. La iniciativa fue un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo en octubre de 2020 al Congreso y se aprobó como propósito de incentivar mediante la política fiscal las inversiones en moneda nacional. 

De esta manera, el Estado dispuso que, en el caso de Ganancias, la exención a los intereses o la denominación que tuviere el rendimiento producto de la colación de capital en los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo. 


Dos vencimientos claves


Por otro lado, hay dos vencimientos claves de AFIP que deben tener en cuenta los contribuyentes. Uno es el pago de la cuota de junio del monotributo que vence hoy. El otro vencimiento es el de la prórroga de la AFIP para realizar la recategorización semestral con las nuevas escalas. La fecha límite para realizar este último trámite es el próximo 17 de agosto.

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