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Ayuda Escolar Anual: ANSES modificó los requisitos para acceder a esta prestación, mirá de qué se trata

Estos requisitos empezarán a regir en marzo para los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH)

Ayuda Escolar Anual: ANSES modificó los requisitos para acceder a esta prestación, mirá de qué se trata
domingo 19 de febrero de 2023

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) A partir del mes de marzo quienes deseen cobrar la Ayuda Escolar Anual necesitarán cumplir con menos requisitos. Esto se debe a que ANSES eliminó tres ítems de los lineamientos generales necesarios a la hora de presentar la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación correspondiente a la Asignación Universal por Hijo (AUH)

De acuerdo a lo indicado en la Resolución 19, publicada en el Boletín Oficial, el objetivo de los cambios realizados es la “perfección los procesos para llevar un mejor control de la continuidad escolar”.

En este apartado se derogaron los artículos 4, 7, 8 y 10 correspondientes a las normativas 203 y 28. Además, ANSES introdujo una modificación con el fin de acreditar la asistencia escolar exigida.

A partir de ahora, la autoridad del establecimiento educativo al que asista el niño/a o adolescente, tendrá que certificar la concurrencia del alumno. Estos registros quedarán asentados tanto en la Libreta de Asignación como en el Formulario establecido para tal fin.

Nuevos requisitos para tramitar la Ayuda Escolar de ANSES

De acuerdo a la resolución, para cobrar la Ayuda Escolar Anual el titular de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social tendrá que acreditar “en el año en curso y por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley N° 24.714, en la LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACIÓN, en adelante Libreta, y/o en el Formulario que se establezca para tal fin”.

Los requerimientos son los siguientes:

- Hasta los 4 años de edad inclusive: se deberá acreditar el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio.
- A partir de los 5 años de edad y hasta los 18 años: se deberá acreditar la concurrencia de niños, niñas y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.
- Acreditar que el o la titular del beneficio y el niño/a adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país.

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