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Mi ANSES: cómo solicitar la pensión por fallecimiento o viudez de forma online, fácil y rápido

Los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos para poder acceder

Mi ANSES: cómo solicitar la pensión por fallecimiento o viudez de forma online, fácil y rápido

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) le brinda a las familias que hayan sufrido la pérdida de un adulto mayor jubilado o pensionado la posibilidad de solicitar una pensión a través de Mi ANSES.

Esta pensión puede ser solicitada por familiares, hijos menores de edad o cónyuges, desde cualquier dispositivo móvil que cuente con una conexión a internet que le permita ingresar a Mi ANSES.

De acuerdo a la información brindada por ANSES, “si fallece un jubilado, los familiares tienen el derecho a una pensión. Los cónyuges o convivientes e hijos solteros de hasta 17 años de edad (que no perciban otra prestación) pueden solicitarla”.

Para solicitar este beneficio, los interesados deben ingresar a Mi ANSES con número de CUIL y Clave de la Seguridad Social y luego seguir estos pasos:

- Confirmar que los datos personales y del grupo familiar están correctamente actualizados en ANSES.
- Dentro de la plataforma de Mi ANSES dirigirse al menú de la izquierda, elegir la opción “Jubilados y pensionados” y luego seleccionar “Solicitar pensión por fallecimiento”.
- Finalmente es necesario que sigan los pasos indicados por el sistema.

Para solicitar esta pensión, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

Cónyuge
- Contar con partida casamiento actualizada.
- DNI, LC, LE o Constancia de DNI en trámite.
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1° Ley 17.562.
- En caso de que la persona fallecida se haya jubilado por moratoria y aún se adeuden cuotas del plan de pago, es necesario presentar el Formulario PS 6.279 – Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión.
- Formulario PS 6.284 – Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.

Hijos
- Tener menos de 18 años, ser soltero y ni cobrar otra prestación. No hay límite de edad en caso de que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del fallecido.
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1° Ley 17.562.
- Formulario PS 6.12 – DDJJ Dependencia económica titular.
- Formulario PS 6.13 – DDJJ Dependencia económica testimonial.
- Si es huérfano de padre y madre debe presentar original y fotocopia del testimonio de tutoría, curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.

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