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Último día para acceder al Repro II: los salarios de julio en juego

Desde el Gobierno emitieron un recordatorio respecto a este beneficio.

Último día para acceder al Repro II: los salarios de julio en juego

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) El Gobierno nacional sigue adelante con el Programa de Recuperación Productiva 2 (Repro II). Este programa se creó en medio de la pandemia como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. Por esta razón, actualmente el programa sigue vigente. 

Sin embargo, el plazo para acceder a este beneficio tiene fecha de vencimiento. De hecho, este jueves 29 de julio vence el plazo para inscribirse al programa para el pago de salarios de julio. “Último día para solicitar los REPRO 2 destinados al pago de los salarios de julio”, recordó la AFIP en sus redes sociales.

El Repro II consiste en el pago de una suma mensual por cada relación laboral existente. De acuerdo a lo establecido por el Gobierno nacional, el monto del beneficio se acreditará directamente en el CBU de los trabajadores de las empresas beneficiarias. De este modo, es necesario remarcar que la inscripción la realiza el empleador. 

En este sentido, para acceder a la asistencia económica, los empleadores deberán cumplir ciertos requerimientos. “Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos”, se indica en la página del Gobierno.


Requisitos


Ante este contexto, el Repro II impone como requisito el no recibir subsidios del sector público. Asimismo, se establece que la variación de la facturación, entre el mes de referencia de 2021 y el mismo período de 2019, debe presentar una reducción superior al 20 por ciento, en términos reales, para los sectores afectados. En cuanto a los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP, son los siguientes: junio de 2019 y junio de 2021.

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