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¡Y no!

Ficha limpia: los condenados por narcotráfico no podrán presentarse a elecciones en Salta

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y ya rige para todo el territorio salteño
Ficha limpia: los condenados por narcotráfico no podrán presentarse a elecciones en Salta
Ficha limpia: los condenados por narcotráfico no podrán presentarse a elecciones en Salta
Por Redacción Voces Críticas
jueves 15 de agosto de 2024

SALTA (Redacción Voces Críticas) El Ejecutivo provincial publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto que oficializa con el número 8443 la ley de Ficha Limpia en Salta que aprobaron las cámaras de la Legislatura salteña. En este sentido, quedó firme que los condenados en segunda instancia por delitos de narcotráfico o de lavado de dinero no podrán ser candidatos a cargos electivos provinciales y municipales. Esto se propone para fortalecer la integridad del sistema democrático y prevenir la influencia del crimen organizado en la política.

La propuesta para modificar la ley de Ficha Limpia fue originada desde el Ministerio Público Fiscal y fue debatida arduamente en la Cámara de Diputados. Específicamente la normativa establece que no pueden presentarse a elecciones aquellos quienes tengan condenas penales confirmadas relacionadas a infracciones a la Ley de Estupefacientes.

Ley de Ficha Limpia

Esta medida se generó en el marco de las próximas elecciones legislativas y en una ferviente urgencia de establecer un criterio moral y ético en la transparencia y en la política salteña. De esta manera, se amplía la mencionada y se complementa con la Ley Nacional N°23.737, en los artículos 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 23, 24, 29 bis y 44 bis y sus respectivas agravantes.

La Ley de Ficha Limpia fue publicada ayer miércoles 14 de agosto de manera oficial mediante el decreto 492. Además, estuvo avalado por la firma del gobernador Gustavo Sáenz, de los ministros de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, Ricardo Villada, de Seguridad y Justicia, Marcelo Domínguez y de la Secretaria General de la Gobernación, Matilde López Morillo.

En concreto, todo aquel aspirante a un cargo público que esté condenado en segunda instancia por tráfico de influencias, fraude, malversación de caudales públicos, asociación ilícita, enriquecimiento ilícito, encubrimiento, no podrá presentarse a ninguna elección. Finalmente, también incluyó delitos cometidos contra el orden económico y financiero, contra la integridad sexual y contra la libertad. Los condenados deberán abstenerse de participar en candidaturas durante el tiempo que dure la condena como así también por un período de tiempo posterior a cumplir lo solicitado por el juez y la corte. Informa Voces Críticas.